En una sociedad considerada “moderna” y en vías de desarrollo, el
siglo XXI enfrenta a la población humana a retos de convivencia cada vez más
difíciles. A través de los años, temas
como la xenofobia, el racismo y la discriminación se han convertido en pan de
cada día. Es normal que los gobiernos y demás instituciones, insten a la gente
a aceptar a todos por igual, sin importar sus gustos, religiones, procedencias
o costumbres.
Durante el siglo XX, hemos visto las
más crueles manifestaciones contra las minorías (negritudes, aborígenes,
judíos, gitanos, homosexuales) ya sean por razones políticas o culturales. Por
dichos eventos, una parte de la gente ha tomado razón y ha comprendido que
dichas actitudes excluyentes son deplorables y generalmente por ley, duramente
castigadas.
Todos aquellos eventos trágicos, nos
han llevado a que busquemos la igualdad. Una igualdad basada en la tesis de que
“todos los seres humanos somos iguales” esta idea la encontramos expresa en
tres de las declaraciones internacionales más importantes de la
contemporaneidad:
“Afirmamos
que estas verdades son patentes, que todos los hombres son creados iguales y
que su Creador los ha dotado de ciertos derechos inalienables, y entre ellos
están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.”[1]
“Todos los hombres nacen libres e iguales en
derechos.”[2]
“Todos
los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.”[3]
Así pues, basándonos en la premisa de
que todos aquellos seres humanos que nacen sobre la faz del planeta tierra
cuentan con los mismos derechos desde el momento mismo de su nacimiento, y que
esto va más allá de su religión, color de piel, sexo, lugar de nacimiento,
cantidad de dedos o de pesos en su bolsillo ¿Por qué aquellos que cuentan con
una orientación sexual diferente, quedan exentos de dichos derechos?
En un comunicado fechado el 13 de
Abril del 2013, la Escuela de estudios de género de la Universidad nacional de
Colombia en el cual se apoya y se da el sí al matrimonio igualitario, proyecto que ha sido aprobado en los siguientes países: Bélgica,
España, Canadá, Sudáfrica, Noruega, Suecia, Portugal, Islandia, Argentina,
Dinamarca, Uruguay, Nueva Zelanda, Países Bajos, Francia y Brasil, señalas
después de una rigurosa investigación el siguiente punto:
La
actuación del Estado tendiente al aseguramiento de la igualdad, empieza por
acciones concretas de reconocimiento y restauración de derechos de minorías
históricamente discriminadas. Una sociedad que no reconoce los derechos de las
personas Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgeneristas no es una sociedad
democrática.[4]
Por lo tanto, el estado colombiano se
encuentra en la obligación de proveer una forma jurídica para que todas
aquellas personas que deseen establecer un contrato que los vincule como
pareja, tengan la posibilidad de establecerlo. Respecto a esto, la Corte
Constitucional, en su sentencia C-577 del 2011, les reconoce el derecho de
construir familia y ordenó al Congreso reglamentar la unión marital, con un plazo
al 20 de junio del 2012.
Pero en este punto, volvemos al tema
de la igualdad ¿Por qué las parejas heterosexuales pueden establecer la
relación llamada “matrimonio” y los homosexuales deben conformarse con la
“unión marital de hecho”?
¿Es justo eso? ¿Es en bueno, en pro de
la igualdad; que un estado que se declara laico siga manejando el matrimonio
notarial con las mismos impedimentos que un matrimonio religioso?
[1] Declaración de
Independencia de los Estados Unidos, 1776.
[2] Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano, 1789.
[3] Declaración Universal de
Derechos Humanos, 1948.
[4]
Escuela de Estudios de Género de la U. Nacional (2013, Abril) La Escuela de
Estudios de Género de la Universidad Nacional de Colombia apoya la iniciativa
de Matrimonio Igualitario (Disponible en línea en http://www.matrimonioigualitario.org/2013/04/escuela-de-estudios-de-genero-de-la-u.html)
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